miércoles, 7 de septiembre de 2016

A diferencia del gas, la Corte destrabó la tarifa de la luz: rige el aumento

07/09/2016
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A diferencia del gas, la Corte destrabó la tarifa de la luz: rige el aumento

El Tribunal revocó la cautelar que paralizó las subas. Desoyó el dictamen de la procuradora Gils Carbó. Y abrió la puerta para incrementos promedio de 500%.
lfmoores@clarin.com

Sin analizar la validez o no de los aumentos de las tarifas de la energía eléctrica, la Corte Suprema de Justicia convalidó tácitamente ayer las subas dispuestas por el Gobierno en ese servicio. Fue al revocar una medida cautelar que las había frenado en La Plata y con alcance sobre toda la provincia de Buenos Aires. En su decisión, la Corte desoyó el dictamen de la procuradora Alajandra Gils Carbó y abrió la puerta a aumentos promedio de 500%.
El argumento unánime de los cinco ministros del tribunal para evitar pronunciarse sobre la polémica medida fue que los once legisladores provinciales opositores que plantearon el amparo, al igual que el Partido Justicialista (PJ) del distrito y el defensor del pueblo bonaerense “interino” -que adhirieron al reclamo- no tienen legitimidad para representar al “colectivo” de los usuarios de la provincia.
De esta manera la Corte avaló implícitamente el aumento dispuesto por el Gobierno aunque dejó la puerta abierta para que cuando le llegue un caso que reúna los requisitos, se expida sobre la legalidad de la suba. En los hechos, le da tiempo al Gobierno hasta que se realice la audiencia pública el mes que viene, como lo hará en los próximos días respecto de las subas en las tarifas de gas luego del fallo del tribunal del mes pasado.
La procuradora general Gils Carbó había dictaminado más temprano a favor de mantener el freno al aumento dispuesto por la sala II de la Cámara Federal de La Plata, por la falta de audiencias públicas. La Corte decidió otra cosa.
El tema es que en el caso de la electricidad no se vislumbra cuál expediente puede tratar la Corte en lo inmediato ya que también ayer rechazó unificar a la causa de La Plata el amparo con una medida precautelar de mayor alcance -a todos los usuarios del país- dictada por la jueza federal Martina Forns.
La Corte le devolvió a esa jueza la causa con cuestionamientos. Hay otras catorce causas dando vueltas por los tribunales.
La chance más cercana es que el Club Social y Deportivo 12 de octubre, de Quilmes -que se sumó al pedido de los legisladores kirchneristas en La Plata-, logre arrastrar al colectivo de asociaciones similares para que no se aplique con ellos el aumento de la tarifa.
La Corte devolvió ese expediente al juzgado federal 2 de La Plata, a cargo de Adolfo Ziulu, para que identifique al “colectivo” de clubes que podría representar esa institución y, eventualmente, decidir si se trata de un grupo “homogéneo” que pueda ser beneficiado por un amparo que frene los aumentos, únicamente para ellos.
Pero respecto de los otros actores del proceso platense, la Corte fue muy clara al decir que no tienen la legitimación exigida por la ley para arrogarse la representación de todos los usuarios. Ni siquiera acompañaron en el juicio la factura que acredite que son usuarios del servicio, según se quejaron los abogados del Gobierno en la demanda.
La Corte dijo que la “representación del pueblo” atribuida a los legisladores sólo lo es para desempeñarse en sus funciones dentro del Poder Legislativo mas no por la Constitución para arrogarse la representación colectiva en acciones de amparo ante la Justicia.
“Los legisladores no son legitimados extraordinarios en tanto no están mencionados en el artículo 43 de la Constitución Nacional”, dijo la Corte. Sobre el PJ, señaló lo mismo y hasta se lo criticó por haberse presentado en la causa como “asociación” cuando en realidad es un partido político.
Y, al igual que lo hicieran en el fallo sobre las tarifas de gas, donde instaron a los otros dos poderes del Estado a la designación del Defensor del Pueblo de la Nación, los jueces de la Corte recordaron que Enrique Honores está interinamente a cargo de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires porque es un secretario administrativo de ese órgano pero no el titular designado como dice la Constitución provincial y por ello no puede arrogarse la representación de todos los bonaerenses. 

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